miércoles, 4 de abril de 2007

Estudio a Letter to the Duke of Norfolk (III)

2. Contexto inmediato

La situación por la que atravesaba la Iglesia a lo largo del siglo XIX era una situación de lucha ante un Estado cada vez más consciente de su independencia y de su capacidad de manipular las distintas realidades sociales para conseguir sus propios fines. Y todo esto en el contexto político-social del liberalismo. La Iglesia, cada vez más indefensa en el orden temporal, no puede sino hacer lo único que le va quedando: hablar. Todo el siglo está jalonado por las diversas y numerosas intervenciones del poder pontificio alertando a los fieles cristianos de las distintas realidades tanto en el orden político, filosófico, teológico, moral o científico que amenazaban la fe. Era un esfuerzo defensivo. Este esfuerzo defensivo tiene unos de sus momentos más destacados en el Syllabus, que era una recopilación de las diversas condenas de errores del mundo actual en tiempos de Pío IX.
Tanto el Syllabus como la proclamación de la infabilidad pontificia eran una respuesta a tantos ataques contra la fe, y un modo de fortalecer la unidad interna de la Iglesia. Pero en ese contexto había unas defensas demasiado apasionadas, que por otra parte provocaban en los liberales un rechazo aún mayor. La reacción de Gladstone es comprensible en el contexto de una Inglaterra anglicana y liberal, marcada además por prejuicios anticatólicos históricos. De ahí la gran importancia del esfuerzo de Newman por aclarar con moderación el alcance real de la doctrina católica. La historia ha demostrado que la interpretación de Newman era la adecuada. Será León XIII el que modere la visión exaltada de las interpretaciones ultramontanas. Basándose en los principios tomistas, León XIII formuló su doctrina sobre las re­laciones entre la Iglesia y el Estado, que está vigente hasta nuestros días. Estas intervenciones del Papa mitigarán el descontento y temor que habían provocado la discusión sobre la infabilidad pontificia. También León XIII parte de que el Estado, como institución de dere­cho natural, procede inmediatamente de Dios. «Al igual que la sociedad civil, también su autoridad tiene como origen la naturaleza, y por tanto a Dios mismo. De aquí se sigue que el poder público en cuanto tal sólo puede proceder de Dios» (1mmortale Dei, 1885). La Iglesia y el Estado son socie­dades autónomas, mutuamente independien­tes, con sus propios derechos; ambos son “sociedades perfectas” a las que en sus res­pectivas esferas compete la suprema soberanía. «Dios ha repartido el cuidado del género humano entre dos poderes: el eclesiástico y el estatal. Al uno le compete el cuidado de los intereses divinos, al otro el de los hu­manos. Cada uno es supremo en su orden, cada uno tiene determinados límites, que resultan de la naturaleza y del fin próximo de cada uno de los dos poderes» (1mmortale Dei). Y en Sapientiae christianae (1890) leemos: «Como la Iglesia y el Estado tienen su propia autoridad, ninguna de las dos so­ciedades está sometida a la otra en la direc­ción y el ordenamiento de sus propios asun­tos; esto es naturalmente válido dentro de los límites que le han sido trazados a cada una por su fin próximo». Al igual que la Iglesia reconoce la independencia y autono­mía del Estado en todos los asuntos mera­mente civiles (res mere civiles), así también el Estado debe reconocer la soberanía de la Iglesia en su esfera; «por esto todo lo que es santo en la vida de la humanidad, todo lo que se refiere a la salvación de las almas y al servicio divino, ya sea por su naturaleza ya por su relación con ese fin, está subordinado a la autoridad de la Iglesia y a su juicio. Por el contrario, todo lo que afecta a la esfera civil y política está sometido con pleno derecho a la autoridad estatal» (1m­mortale Dei). Esta postura del Papa podía haber dado una respuesta satisfactoria a Gladstone, pero estas intervenciones pontificias tuvieron lugar después de la controversia del texto que nos ocupa.

1 comentario:

Elsa Sequeira dijo...
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